SEGURIDAD CIUDADANA?????


Portada de la Revista EL JUEVES  de esta semana


Yo estaba convencida de que vivía en un país libre.
Se los aseguro, yo pensaba que la tan anhelada democracia significaba que las decisiones del pueblo se tomaban a través de unos representantes que eran la voz de ese pueblo, elegidos por votación masiva.

Los representantes tenían la obligación moral y política de velar por las necesidades, el bienestar y la seguridad ciudadana...

Eso, la seguridad ciudadana...

Suena maravilloso, nuestros representantes deben velar por la seguridad nuestra.

Pero yo confieso que aunque la leo y la releo 
(la nueva ley de seguridad ciudadana) 
siento que se quiere volver a pasados desastrosos, esos que desangraron este Reino.

No se si es que me estoy volviendo tonta, pero leed vosotros y decirme en los siguientes puntos, si aparte de "seguridad" también se huele el miedo y la represión. 

porque yo estaba segura que en democracia si el pueblo no estaba de acuerdo podía manifestarse, escribir, levantar la voz, decidir si esta conforme o no con aquellos por los que votó, (obviamente dentro de unas normas de convivencia y de respeto)
y que todo esto se podía hacer sin miedo a una multa...
Digo yo.

INFRACCIONES MUY GRAVES:

Multadas con entre 30.001 a 600.000 euros.

*La grabación y difusión de imágenes de agentes de las fuerzas de seguridad en el ejercicio de

 su trabajo 

que atenten contra el derecho a su honor o su imagen y que puedan poner en peligro su

 seguridad o la de  la intervención policial correspondiente.

*La perturbación grave del orden en actos públicos, religiosos, deportivos o espectáculos de

 otro tipo.

*Las concentraciones no comunicadas ante instituciones del Estado como el Congreso, el

 Senado, los  parlamentos autonómicos o los altos tribunales, aunque en ese momento no

 tengan actividad. 

*Las protestas no comunicadas o prohibidas ante infraestructuras críticas, como centrales

 nucleares o pistas de aeropuerto.

 *Los escraches o actos de acoso a cargos públicos.

 *La ley contemplará que la Policía pueda establecer un perímetro de seguridad que no

 deben sobrepasar  los concentrados. 

*Deslumbrar con dispositivos tipo láser a conductores de tren, metro o pilotos. 




INFRACCIONES GRAVES:

 Multadas con entre 1.001 a 30.000 euros 

*Alterar el orden público encapuchado o con cualquier elemento que dificulte la identificación.

 *Amenazar, coaccionar, vejar e injuriar a los agentes de las fuerzas de seguridad cuando

 estén velando por  el mantenimiento del orden público, por ejemplo en manifestaciones u

 otro tipo de protestas.


 *El ofrecimiento, la solicitud, la negociación y la aceptación de los servicios de prostitución en

 las  proximidades de zonas infantiles, como parques o colegios, o en lugares donde se ponga

 en peligro la  seguridad vial, como los arcenes. Lo que significa que podrán ser sancionados

 tanto los clientes como  quien ejerza la prostitución. Interior deja claro que la prostitución

 como tal no se sanciona y que se  multará en esos supuestos por la vulnerabilidad del lugar.


* La tenencia ilícita, el transporte, el abandono de la droga o de los útiles para su preparación,

 así como  plantar y cultivar estupefacientes como la marihuana aunque no sea para traficar. 


*El botellón cuando perturbe gravemente la tranquilidad ciudadana y cuando no esté

 autorizado por la  administración correspondiente. 


*La conducción de cundas o taxi de las drogas que trasladan a drogadictos a los lugares de

 compra de  estupefacientes.

*Los daños a mobiliario urbano como marquesinas, papeleras o contenedores, así como los

 actos  vandálicos a servicios públicos.


*Obstaculizar la vía pública con neumáticos u otros enseres que impidan la normal circulación

 de  vehículos y personas.

*Escalar como acción de protesta edificios públicos o precipitarse desde los mismos.

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